Arriendo de vienes inmuebles en Colombia
Trabajamos con recurso humano capacitado para lograr el objetivo de arrendar su inmueble en el menor tiempo posible, innovando en la presentación y promoción, realizando análisis de estrategias y resultados que le serán presentados oportunamente a través de informe de gestión mensual.
Para lo cual, el inmuebles puede ser consignado en nuestra agencia con exclusividad en administración de arrendamiento o por corretaje.
Inmueble consignado en administración de Arrendamiento: La agencia Inmobiliaria tendrá como responsabilidad las contenidas en la Ley 820 de 2003 y Las demás obligaciones consagradas para los arrendatarios en el Capítulo III, Título XXVI, libro 4 del Código Civil, Los honorarios causados por este servicio son el 8% del valor del canon mensual más IVA, durante la vigencia del contrato, en caso de que el propietario dese tomar póliza de seguro, esta tendrá un valor del 2.5% del valor del canon mensual adicional.
El valor de la renta correspondiente, le será entregado máximo dentro de los 5 días hábiles siguientes al pago efectuado por el arrendatario.
Inmueble consignado Por corretaje: Este servicio de intermediación en arrendatario consiste en asesorar y facilitar el acercamiento de las partes interesadas (Propietario, Arrendatario), sin que esto constituya obligación de administración por parte de la agencia inmobiliaria, los honorarios causados por este servicio es el equivalente al primer canon de arrendamiento, si el contrato es con un plazo pactado entre 1 a 3 años, sí el contrato es pactado por un término superior a tres años, los honorarios corresponderán a dos cánones de arrendamiento, cancelados una única vez durante la vigencia del contrato al momento de la legalización del contrato de arrendamiento.